insolvencia economica


Si estás atravesando una crisis económica y decides acogerte a la Ley 1564 de 2012, modificada por la Ley 2445 de 2025, podemos representarte en el trámite de insolvencia, ya sea para la negociación de tus deudas o para la liquidación de tu patrimonio económico.

El propósito del régimen de insolvencia es permitirte normalizar tus relaciones crediticias, proteger tu patrimonio y recuperar tu estabilidad financiera, siempre bajo la presunción de buena fe y con un trato justo tanto para el deudor como para los acreedores.

Con la nueva ley, además de las personas naturales no comerciantes, también pueden acogerse al procedimiento los pequeños comerciantes, es decir, quienes tengan activos inferiores a 1.000 salarios mínimos (sin contar vivienda familiar ni vehículo de trabajo).

Escenarios del Proceso

Negociación de deudas: podrás llegar a un acuerdo con tus acreedores en condiciones de plazo, cuantía e intereses más favorables.

Liquidación patrimonial: si no es posible llegar a un acuerdo, tus bienes embargables se adjudican a los acreedores, extinguiendo los saldos pendientes como obligaciones naturales.

Beneficios principales

- Suspensión inmediata de procesos ejecutivos, embargos, secuestros y remates desde la aceptación de la solicitud.
- Suspensión de cobros por libranza y de descuentos automáticos en nómina o productos financieros (salvo obligaciones alimentarias).
- Suspensión de cobros abusivos por parte de entidades financieras y cobradores.
- Imposibilidad de que te suspendan servicios públicos domiciliarios o contratos de tracto sucesivo (como arriendos) por deudas anteriores a la aceptación del trámite.
- Posibilidad de pagar todas tus deudas en un plazo menor y sin intereses adicionales, según acuerdo aprobado.
- Protección de tu patrimonio y normalización de tu historial crediticio.
- Si perteneces a un mismo núcleo familiar, puedes solicitar que tu proceso se tramite de manera coordinada con el de tu cónyuge, compañero permanente o familiares cercanos.

Duración del trámite

La negociación de deudas tiene un plazo de 60 días, prorrogables hasta 90 días adicionales en ciertos casos. Durante todo ese tiempo, los embargos, cobros y procesos judiciales estarán suspendidos

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¿Quieres salir de estas situaciones?

  • Poner fin a las llamadas y mensajes de acoso en la gestión de cobros. 
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  • Paralizar Embargos, Secuestres y Remates.
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Testimonios

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Documentación necesaria para tu tramite

  • Formulario Preliminar
  • Fotocopia de la cédula del deudor 
  • Poder y contrato firmado 
  • Si tienes hijos menores = Registro civil de nacimiento. 
  • Si tienes bienes muebles: Tarjeta de propiedad 
  • Si tienes bienes inmuebles: Certificado de libertad y tradición 
  • Certificado de ingresos:  Si es independiente, una declaración pero no puede ser comerciante, Si es empleado un certificado de trabajo en dónde se especifique el salario.
  • Firma electrónica
  • Fotocopia de la cédula del cónyuge o esposo en caso de tenerlo.