insolvencia economica


Al momento de que decida acogerse a la ley 1564 de 2012 (Ley de Proceso de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante), podremos representarlo para la negociación de sus deudas o para la liquidación de su patrimonio económico, la finalidad del proceso de insolvencia es la recuperación de sus relaciones crediticias y arreglar su situación financiera. En el caso de poder llegar a un acuerdo podrá pagar sus deudas, sin intereses, en un término menor y sin tanto esfuerzo.

El Proceso de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante, trae consigo dos escenarios (Negociación y Liquidación), donde con Garavito y Asociados obtendrá una asesoría integral para mostrarle los beneficios de acogerse a uno de los dos escenarios, conforme a lo que más le convenga de acuerdo con su capacidad de pago.

Los beneficios que trae consigo el Proceso de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante son:

• Pago de todas sus deudas en su totalidad en un menor tiempo a lo pactado inicialmente.
• Suspensión de Cobros por Libranza.
• Suspensión de Cobros Abusivos por parte de entidades crediticias.
• Suspensión de procesos judiciales ejecutivos.
• Suspensión de medidas cautelares como Embargos, Secuestros y Remates.
• Normalización de sus relaciones crediticias.
• Protección a su patrimonio económico, bienes inmuebles y muebles.

El proceso de insolvencia económica de persona natural no comerciante es un proceso rápido y eficaz, la negociación podrá durar alrededor de tres (03) meses, término donde ya estarán suspendidos los cobros, medidas cautélales y procesos judiciales que versen sobre sus créditos.

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GARAVITO Y ASOCIADOS

¿Quieres salir de estas situaciones?

  • Poner fin a las llamadas y mensajes de acoso en la gestión de cobros. 
  • Mejorar tu estatus en las centrales de riesgo.
  • Paralizar Embargos, Secuestres y Remates.
GARAVITO Y ASOCIADOS

Testimonios

GARAVITO Y ASOCIADOS

Documentación necesaria para tu tramite

  • Formulario Preliminar
  • Fotocopia de la cédula del deudor 
  • Poder y contrato firmado 
  • Si tienes hijos menores = Registro civil de nacimiento. 
  • Si tienes bienes muebles: Tarjeta de propiedad 
  • Si tienes bienes inmuebles: Certificado de libertad y tradición 
  • Certificado de ingresos:  Si es independiente, una declaración pero no puede ser comerciante, Si es empleado un certificado de trabajo en dónde se especifique el salario.
  • Firma electrónica
  • Fotocopia de la cédula del cónyuge o esposo en caso de tenerlo.